Compañeros, compañeras,

Hemos detectado que hay algunos casos de personas que están actualmente en DXC, procedentes de FDS, que no tienen asignado el trienio de antigüedad que les correspondería. Os lo explicamos a continuación:

FDS proviene de la antigua CDS (originalmente en el convenio del Metal por razones históricas). En 2017 se produce una escisión de la compañía, en el contexto de la compra por CSC de HPE, y se crea FDS, esta vez en el convenio colectivo de consultoras y planificación. En este convenio existe un pago por antigüedad en su artículo 25 https://www.boe.es/boe/dias/2018/03/06/pdfs/BOE-A-2018-3156.pdf

Posteriormente se ha ido incorporando personal de FDS a DXC, pero manteniendo la fecha de antigüedad del contrato inicial en FDS (lo podéis consultar en el campo F.ANT.CONV de cualquier nómina reciente). Hasta ahí todo correcto ya que en movimientos de trabajadores entre empresas del grupo, o dependientes de éste, la antigüedad inicial se debe mantener a todos los efectos.

Bien, según el artículo 25, en la nómina de enero del año en que se cumplan 3, 6, 9, etc se debe abonar el 5% del salario base en nómina.

¿Qué quiere decir eso? Que si la F.ANT.CONV es de 2017, desde la nómina de enero de 2020 deberías tener un nuevo concepto en nómina que indique el trienio de antigüedad. Si tu fecha es de 2018, entonces desde enero de 2021 etc.

Nos hemos encontrado con casos que, efectivamente, tienen la línea del trienio pero otros no. RRHH nos reconoce que en los casos en que sea así es un error, pero tenemos que conocer cuales son para que se regularicen.

Por lo tanto, si eres del colectivo exFDS:

Entra en este link https://dxcportal.sharepoint.com/sites/global_payroll/Pages/ES%20Global%20Payroll.aspx , clicka al botón ESSmyView.

Revisa tu última nómina desde la opción ‘Mi salario’ y comprueba si tienes derecho a un trienio y éste aparece en los conceptos. Si no es así, ponte en contacto con nosotros/as.

OJO

Por desgracia la empresa, si no está obligada por sentencia que lo impida, absorbe estos incrementos restándolos de la parte del salario que supere el salario mínimo de convenio por categoría. Es decir, que te quedas igual.

Ahora bien, por un lado es positivo ir restando ese excedente para que dejen de poder usar este truco lo antes posible. Por otro lado, la antigüedad es una lucha histórica en este sector y si encontráramos un camino legal para impedirlo, mejor que cada persona tenga su número de trienios al que le corresponde.

Cualquier duda, aquí estamos.