FAQs laborales ante el coronavirus  

Os hacemos llegar una importante relación de preguntas y respuestas que nos ha hecho llegar el sindicato al respecto del coronavirus. Cualquier duda o aspecto concreto, ponte en contacto con nosotros.

  • Si cierran (o han cerrado el colegio) y no puedo teletrabajar, ¿qué hago?

El Gobierno ha anunciado la creación de una prestación para que un progenitor pueda cuidarse del menor. Los detalles se anunciarán en principio mañana jueves.

  • ¿Qué tipo de baja supone un aislamiento o una enfermedad por coronavirus?

Según informó el Gobierno ayer, las bajas por cuarentena por aislamiento preventivo, fijadas por la autoridad sanitaria competente, y las motivadas del desarrollo de la enfermedad se considerarán bajas por incapacidad temporal derivadas de accidente de trabajo. Eso es importante porque la cobertura es mayor que la de contingencias comunes.

  • ¿Puede la empresa cerrar el centro de trabajo y enviarnos a casa?

A pesar de que los cambios en el calendario laboral y en la organización de trabajo se deben negociar con la representación de los trabajadores, por razones de causa mayor y en virtud de la facultad de dirección y organización de la empresa, si recibimos esta orden como trabajadores, jurídicamente en una primera instancia deberíamos acatar la orden. Esto no quiere decir que la decisión de la empresa sea legal y correcta, tendremos que analizar caso por caso y reservarnos el derecho de responder de la manera que consideramos más oportuna, sindicalmente y / legalmente.

  • ¿Nos puede obligar a la empresa a hacer teletrabajo?

Por las razones expuestas anteriormente, en virtud de la facultad de dirección, la empresa puede dar la orden pero eso no quiere decir que sea legal, tendremos que analizar el caso.

  • ¿En caso de que la empresa me obligue a hacer teletrabajo, me tendrá que facilitar los medios para poder prestarlo?

La situación actual es inédita, sin embargo, la empresa se encuentra obligada a poner a nuestro alcance los medios materiales para poder llevar a cabo nuestras tareas. Si no tenemos los medios informáticos o la conexión para hacer teletrabajo no podremos cumplir la orden. La responsabilidad de resolución de los problemas técnicos que pueda surgir es de la empresa.

  • ¿La empresa me puede obligar a hacer vacaciones o coger días de libre disposición para cierre por coronavirus?

No. Los procedimientos de asignación de vacaciones siguen teniendo la misma normativa que siempre, así como la impugnación por la vía rápida de este tipo de situaciones.

  • ¿La empresa puede obligarme a recuperar horas no trabajadas por causa del coronavirus con cargo a bolsas de horas?

La CGT estamos en contra de los mecanismos de bolsas de horas y flexibilización de la vida personal del trabajador/a. Allí donde la empresa haya firmado acuerdos de este tipo con otros sindicatos, nuestra postura debe ser la misma de siempre y sindicalmente luchar para hacer prevalecer la voluntad del trabajador/a por encima de la voluntad de la empresa. No obstante, a nivel legal se debería estudiar el contenido del acuerdo existente para responder a esta pregunta.

Si no hay acuerdos en esta materia, los días no trabajados no se pueden recuperar (es decir, no nos pueden decir que vayamos a trabajar festivos).

Vamos a seguir muy atentos a la evolución de esta situación. No dudes en hacernos llegar cualquier consulta que tengas al respecto.

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