En Navidades, desconecta

Como ya os comentamos en Julio,  la empresa no puede molestar al trabajador fuera del horario laboral. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en su artículo 88, establece el derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral. Para ello se ampara en el artículo 18.4 de la Constitución:

La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

Conectividad y disponibilidad no significan lo mismo. O, lo que es lo mismo, la posibilidad de conectarse no implica la obligación de hacerlo.

Aunque parezca de rabiosa actualidad, este es un tema que ya tiene una cierta historia.

  • En 1997, la Audiencia Nacional declaró ilegal que la empresa obligara a los trabajadores a tener el móvil conectado fuera del horario laboral.
  • En septiembre de 2015, el Tribunal Supremo declaró como cláusulas abusivas que un empleado tuviera que dar su móvil o correo personales a la empresa.
  • Por otro lado, según lo dispuesto en los artículos 34 (Jornada) y 35 (Horas extraordinarias) del Estatuto de los Trabajadores, recibir correos o llamadas fuera del horario laboral consumen un tiempo que debería ser contabilizado y cotizado como horas extras.

Desconectar es una necesidad que afecta a nuestra salud. Cuando se eliminan los límites entre vida personal y trabajo, aparecen fenómenos como el efecto “blurring”, que deterioran física y psíquicamente al trabajador. Aparecen problemas familiares, falta de sueño, ansiedad, sensación de fatiga permanente, etc. Algo tan inofensivo como estar en una zona sin cobertura o conectividad, puede provocar patologías como el “fomo” (“fear of missing out”), ya que condiciona nuestra vida cotidiana a estar disponibles y no poder desconectar.

En el mencionado apartado 18 de la ley que garantiza la desconexión digital, se especifica que las empresas están obligadas a confeccionar una política interna sobre el tema, consultando a los representantes de los trabajadores. Pronto se cumplirá un año de la entrada en vigor de esta norma y seguimos a la espera de que se nos cite para tratar este tema.

Aprovechamos para recordaros que, si no habéis disfrutado el día de asuntos propios, debéis hacerlo durante el año natural (fecha máxima 31 de diciembre).

En estas navidades, disfruta de tu tiempo libre y procura que el trabajo no te prive de tu vida privada. 

Afíliate a un sindicato que planta cara y defiende tus intereses.    Afíliate a la CGT en DXC enviando mail a este correo cgtcsi@dxc.com, o contactando con cualquier delegado/da de CGT en DXC   Si crees que ha llegado el momento de organizarnos en tu empresa no te lo pienses. Explícanos tu situación y te ayudaremos