Compañeros, compañeras,

Os informamos que en el pasado Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo se ha ampliado en dos meses más las medidas de preferencia en el teletrabajo respecto el presencial, así como el derecho de adaptación del horario y reducción de jornada con motivo de la pandemia de COVID19.

Concretamente: “ Por último, para garantizar la protección de las personas trabajadoras y seguir atendiendo a las necesidades de conciliación de la vida laboral y familiar en el contexto de la crisis del COVID-19, se prorroga dos meses el carácter preferente del trabajo a distancia, así como el derecho de adaptación del horario y reducción de la jornada”.

¿Qué quiere decir eso?

Que las empresas no pueden hacer volver a trabajo presencial a personas que estén realizando teletrabajo, al menos dos meses después del fin del estado de alarma.

El objetivo buscado ya lo conocemos todos y todas: reducir los contactos sociales, concentraciones en espacios cerrados o desplazamientos en transportes de masas para así evitar la propagación del virus.

Una empresa podría decir que tal o cuál trabajo no se puede hacer a distancia. Pero el hecho de haber estado teletrabajando durante semanas acredita suficientemente que no se puede alegar lo contrario. Por lo tanto, si recibís algún tipo de instrucción de volver al centro de trabajo antes de, al menos, el 9 de julio, poneos en contacto con cualquier delegado/a de la CGT en DXC.